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b'La posici\xf3n de la v\xedctima menor -como v\xedctima vulnerable necesitada de especial protecci\xf3n- en el proceso penal es objeto de preocupaci\xf3n en la legislaci\xf3n internacional -tanto general como regional - y por extensi\xf3n en el \xe1mbito comunitario. Son muchas las aportaciones en el \xe1mbito de los derechos -tanto extraprocesales, como procesales- que han tenido traslaci\xf3n al \xe1mbito de la legislaci\xf3n interna. Tambi\xe9n las singularidades de su declaraci\xf3n en el \xe1mbito del proceso. La apuesta del legislador por la obligatoriedad de la prueba preconstituida practicada en fase de instrucci\xf3n, con respeto del derecho de defensa, es una forma de aliviar el dolor de la v\xedctima que tiene que revivir el da\xf1o -a veces atroz- que la causa la agresi\xf3n-. La necesaria especializaci\xf3n judicial, la exigencia de una justicia r\xe1pida en casos de v\xedctimas menores que sufren agresiones sexuales, la protecci\xf3n en el seno del proceso y extramuros para proteger su honor, intimidad y seguridad son cuestiones capitales en el proceso penal. El legislador internacional - en el \xe1mbito regional europeo- tambi\xe9n regula el derecho de la v\xedctima a una investigaci\xf3n efectiva. Frente al modelo de investigaci\xf3n que propone reforzar la declaraci\xf3n de la v\xedctima como prueba preconstituida -modelo de prueba \xfanica- existe un derecho a la investigaci\xf3n efectiva que no ha sido incorporado a la legislaci\xf3n interna, pero que forma parte del derecho interno v\xeda ratificaci\xf3n de los instrumentos internacionales que lo declaran. Las leyes recientes promulgadas por el legislador espa\xf1ol 4/2015, del Estatuto de la v\xedctima, LO 8/21, LOPIVI y LO 10/2022, LOGILS, han incorporado a la legislaci\xf3n interna toda la normativa internacional ya incorporada por la ratificaci\xf3n de los instrumentos internacionales y la legislaci\xf3n comunitaria. La violencia sexual no es \xfanica: el legislador reconoce varias manifestaciones, cada una con sus cifras, regulaci\xf3n particular y forma de investigaci\xf3n. Pero si algo une a todas las manifestaciones es la cada vez m\xe1s relevante presencia del \xe1mbito digital como medio de comisi\xf3n del delito y como fuente de prueba. A trav\xe9s de un estudio de variables en una muestra de 100 sentencias de las Audiencias Provinciales, posteriores a la LOPIVI, nos propusimos analizar emp\xedricamente c\xf3mo instru\xedan los juzgados espa\xf1oles y c\xf3mo los casos eran enjuiciados. Tambi\xe9n, en qu\xe9 casos se practicaba la prueba preconstituida, y qu\xe9 importancia ten\xeda en el fallo. Pero, sobre todo, lo que busc\xe1bamos era comprobar si la instrucci\xf3n se basaba en el modelo de prueba \xfanica o, por el contrario, era completa -efectiva-: qu\xe9 pruebas se practicaban y c\xf3mo influ\xedan en la sentencia de condena. Las conclusiones no han podido ser m\xe1s esperanzadoras: se constituyen en una invitaci\xf3n al legislador a regular sin ambages el derecho de la v\xedctima a que se investigue la violencia sexual - y por extensi\xf3n toda violencia contra la infancia- por jueces especializados de manera eficaz, a fin de no llevar a la v\xedctima a una victimizaci\xf3n provocada por una absoluci\xf3n con base en una insuficiencia de prueba.Miguel \xc1ngel L\xf3pez Marchena es licenciado en Derecho por la Universidad de C\xf3rdoba, Promoci\xf3n 1986-1991. Magistrado, por oposici\xf3n, de la 50\xaa promoci\xf3n de la Escuela Judicial. Cuenta con una amplia formaci\xf3n en cursos organizados por el CGPJ, la UNED, y el programa Help del Consejo de Europa. Ha desarrollado su actividad jurisdiccional en la provincia de C\xe1diz, primero en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucci\xf3n n\xba 3 de El Puerto de Santa Mar\xeda y luego en el Juzgado de Instrucci\xf3n n\xba 2 de C\xe1diz -ahora Secci\xf3n de Instrucci\xf3n del Tribunal de Instancia de C\xe1diz, Plaza II-. Cuenta con una amplia experiencia en instrucci\xf3n de causas complejas y crimen organizado. Su labor ha sido reconocida por la Diputaci\xf3n de C\xe1diz, que le concedi\xf3 la Placa de Oro de la Provincia de C\xe1diz en el a\xf1o 2003 por su implicaci\xf3n en la lucha con el crimen organizado. Es poseedor de la medalla al m\xe9rito policial con distintivo blanco concedida a instancia del CRECO (C\xe1diz), con los que ha trabajado en causas complejas de narcotr\xe1fico a nivel internacional que, posteriormente, han sido juzgadas en la Audiencia Nacional. Es doctor en Derecho por la Universidad Internacional de la Rioja, con la tesis dirigida por los profesores Alfredo Abad\xedas Selma y Pere Sim\xf3n Castellano \xabLa prueba preconstituida en los delitos sexuales cometidos sobre v\xedctimas menores. Un an\xe1lisis integral desde la perspectiva de la efectividad del proceso y de la investigaci\xf3n\xbb que obtuvo la m\xe1xima calificaci\xf3n de sobresaliente cum laude. Su labor investigadora, muy vinculada a Sonia Calaza L\xf3pez -Catedr\xe1tica de Derecho Procesal y Decana de la facultad de Derecho de la UNED- y Alfredo Abad\xedas Selma -director del M\xe1ster de Derecho Penal Econ\xf3mico de la UNIR-, se ha centrado en el estudio de la posici\xf3n de la v\xedctima menor y de las personas con discapacidad en el proceso penal y en el nuevo modelo de investigaci\xf3n penal basado en el derecho de la v\xedctima a una investigaci\xf3n efectiva que supere el modelo de prueba \xfanica basado en la declaraci\xf3n de la v\xedctima. Tambi\xe9n en el \xe1mbito del Derecho Penal econ\xf3mico y el papel de la Inteligencia Artificial en el \xe1mbito de la educaci\xf3n. Cuenta con 26 publicaciones en el periodo 2020-2026 que incluyen art\xedculos de revistas, participaciones en obras colectivas, recensiones y, con esta obra, dos monograf\xedas. En el \xe1mbito docente, participa en foros jur\xeddicos y universidades en los que imparte ponencias. Es docente en la Blackwel Global University de Orlando (Florida) en el m\xe1ster de criminolog\xeda, en el m\xe1ster en el Ejercicio de la Funci\xf3n Jurisdiccional de la UNED, y en el Centro de Estudios Jur\xeddicos.'