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b'Las relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno comprenden principalmente dos problemas vinculados entre s\xed: la incorporaci\xf3n del primero en el segundo, por un lado, y la jerarqu\xeda del derecho internacional en el derecho nacional, por otro. A pesar de que las soluciones que se ofrecen a este respecto en el derecho constitucional comparado son variadas, no siempre estas se refieren al derecho internacional. Desde esta perspectiva, su situaci\xf3n en Chile no es tan an\xf3mala. La tendencia comparada actual, sin embargo, es asignarles un lugar cada vez m\xe1s destacado a las fuentes del derecho internacional en las constituciones pol\xedticas. Una nueva Constituci\xf3n para Chile nos ofrece la inmejorable oportunidad de volver sobre este importante asunto y preguntarnos c\xf3mo regular las relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno de la manera m\xe1s adecuada posible.\nEste libro tiene como principal objetivo contribuir al debate constitucional chileno en asuntos que resultan ineludibles en toda discusi\xf3n de esta naturaleza. Con este fin, los art\xedculos que lo componen abordan, de una manera tanto te\xf3rica como pr\xe1ctica, diversos aspectos destacados de las relaciones del derecho internacional con el derecho interno. Se ofrece as\xed, un recuento amplio y prospectivo de estas, \xfatil no solo para quienes se involucren en el proceso constituyente nacional, sino para toda persona interesada en el derecho p\xfablico en general. De esta manera, la presente publicaci\xf3n busca no solo hacer un balance de c\xf3mo las relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno se encuentran normadas en la Constituci\xf3n Pol\xedtica de la Rep\xfablica, sino tambi\xe9n proponer alternativas para una nueva carta fundamental en diversos temas de importancia p\xfablica, como son la institucionalidad de las relaciones exteriores en Chile, la incorporaci\xf3n y la jerarqu\xeda de los tratados en nuestro pa\xeds, el control preventivo y la inaplicabilidad por constitucionalidad de estos, la implementaci\xf3n del derecho internacional por los tribunales chilenos, entre otros.'