Sentido y alcance de la sistemática jurídica | Karl Engisch Agotado
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b'Karl Engisch'
b'Sentido y alcance de la sistem\xe1tica jur\xeddica'
b'Ediciones Olejnik'

Libro disponible en 5 dias hábiles.

Páginas: 80
Precio: 4509.2
Estado: b'Nuevo'
Peso: 0.138 kgs.
ISBN: b'9789563928716'

b'La cuesti\xf3n fundamental que Karl Engisch enfrenta en su conocido art\xedculo...

  • Nombre: Sentido y alcance de la sistemática jurídica | Karl Engisch
  • Editorial: Ediciones Olejnik
  • Ttipo: Book
  • Publicado: 2022 / 09 / 14
  • Código: 9789563928716

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Sentido y alcance de la sistemática jurídica | Karl Engisch
b'Karl Engisch'
b'Sentido y alcance de la sistem\xe1tica jur\xeddica'
b'Ediciones Olejnik'

Libro disponible en 5 dias hábiles.

Páginas: 80
Precio: 4509.2
Estado: b'Nuevo'
Peso: 0.138 kgs.
ISBN: b'9789563928716'

b'La cuesti\xf3n fundamental que Karl Engisch enfrenta en su conocido art\xedculo se resume de manera muy simple: \xbfEs el Derecho una disciplina sistem\xe1tica, o sea, es un \xabsistema\xbb? T\xe9ngase presente que la trascendencia que para ese momento (en que Engisch publica su trabajo), ten\xeda este asunto, radicaba en que la sistematicidad se consideraba un atributo esencial del car\xe1cter cient\xedfico o no de una disciplina del cono-cimiento humano. Una ciencia se caracterizaba, sobre todo, por ser \xabsistem\xe1tica\xbb. Ello es v\xe1lido, para muchos, incluso hoy. Para dar res-puesta a esta cuesti\xf3n, Engisch procede a examinar varios sentidos (u opciones) en que se puede afirmar que el Derecho es sistem\xe1tico.En primer lugar, y de la mano de pensadores como David Hilbert, Weyl, Carnap, Bochenski, examina algunos de los atributos del denominado m\xe9todo axiom\xe1tico que se utiliza en disciplinas como la l\xf3gica y las matem\xe1ticas, para concluir que dicha pretensi\xf3n cient\xedfica est\xe1 descartada del \xe1mbito de la Jurisprudencia [de la ciencia jur\xeddica]. \xabSin tener que entrar ahora en una m\xe1s amplia discusi\xf3n l\xf3gica de estos diferentes aspectos de la Axiom\xe1tica y su relaci\xf3n mutua, podemos decir que el ideal cient\xedfico que aqu\xed se propone no es posible realizarlo en la Jurisprudencia, o en todo caso lo es s\xf3lo muy parcialmente\xbb. Primer escal\xf3n, descartado.En segundo lugar, se pregunta el profesor de M\xfanich si, entonces, el Derecho podr\xed a entender se ya no como una Axiom\xe1tica en sentido estricto, pero al menos como un sistema completo de enunciados que se deriven por v\xeda de la deducci\xf3n l\xf3gica. As\xed, por ejemplo, es conocido el estilo de argumentaci\xf3n propio del a\xf1ejo silogismo jur\xeddico, seg\xfan el cual, a partir de premisas establecidas en el ordenamiento jur\xeddico, se infieren (mediante unas reglas de inferencia simples: modus b\xe1rbara o modus ponens) unas conclusiones seguras y previsibles.MINOR E. SALAS'