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b'Desde la incorporaci\xf3n de la Prisi\xf3n Permanente Revisable en Espa\xf1a las cr\xedticas por parte de la doctrina se han seguido sin interrupci\xf3n. El manifiesto firmado por m\xe1s de cien catedr\xe1ticos de Derecho Penal que se ha erigido en su contra da buena muestra de ello. La idea general por parte de los cr\xedticos consistir\xeda en que una pena de esta naturaleza ser\xeda, adem\xe1s de in\xfatil, inconstitucional e impropia de un Estado de Derecho. \xbfEs as\xed realmente? Con este libro pretendo ofrecer mi heterodoxa perspectiva al respecto, con la intenci\xf3n de mostrar al lector que, en contra del consenso casi un\xe1nime, la constitucionalidad de la PPR es, no solo defendible, sino la interpretaci\xf3n m\xe1s razonable.La tesis podr\xeda ser resumida del siguiente modo: la PPR se distingue con claridad de la cadena perpetua y de ning\xfan modo puede ser descrita como un eufemismo de la misma. Al contrario, se trata de una instituci\xf3n penal original que deber\xeda comprenderse como una pena de liberaci\xf3n condiciona. Esto es, una pena que exige el cumplimiento de una serie de requisitos para que el castigo impuesto sea levantado. Es evidente que una propuesta as\xed no convencer\xe1 a todos pues solo es compatible con determinadas sensibilidades pol\xedtico-filos\xf3ficas. Pero ello no es \xf3bice para considerarla perfectamente constitucional y acorde con los Derechos Humanos.En mi opini\xf3n, todo aquel que se atreva a pensar sin prejuicios y analice la cuesti\xf3n con serenidad lo descubrir\xe1, viendo que lo que aparecer\xeda como un monstruo populista-punitivo es, en realidad, una medida perfectamente coherente con los principios y valores propios del Estado de Derecho moderno.Gonzalo Fernandez Codina (1993) Barcelona. Fil\xf3sofo y jurista. Compagina la abogac\xeda con la escritura. Co-fundador y editor jefe de Revista Libertalia (www.revistalibertalia.com).'