Tu carrito esta vacio.
Libro disponible en 5 dias hábiles.
b'La pretensi\xf3n del actor a una decisi\xf3n favorable, con fuerza de cosa juzgada, cubre tanto la llamada acci\xf3n de condena, la pretensi\xf3n de condena, como la acci\xf3n de declaraci\xf3n. Sobre la raz\xf3n de la diferencia entre ambas no se ha llegado todav\xeda a un acuerdo. No pienso exponer aqu\xed todas las opiniones que han ido apareciendo, porque ser\xeda in\xfatil. La diferencia no est\xe1 en la naturaleza distinta del pretendido acto de protecci\xf3n del derecho mediante la sentencia. No est\xe1, por consiguiente, en la naturaleza distinta de la pretensi\xf3n de protecci\xf3n del derecho en s\xed. Si habl\xe1bamos y hablamos de pretensi\xf3n de declaraci\xf3n y pretensi\xf3n de condena, solo se se\xf1alan con ello subespecies de la pretensi\xf3n a decisi\xf3n judicial.Naturalmente, carece de toda importancia la cuesti\xf3n formal de si la acci\xf3n y la sentencia tienen por objeto un declarar, o un condenar al reconocimiento, o un deber de prestaci\xf3n, o algo semejante. Debemos tener presente que la sentencia firme no es nunca y bajo ninguna circunstancia otra cosa que la aplicaci\xf3n del derecho, autoritativa y vinculatoria, al objeto de la protecci\xf3n del derecho. Es la voluntad de la ley concretada, que como tal siempre vincula. No se dirige a diferentes estados an\xedmicos: o sea la imaginaci\xf3n o la voluntad, seg\xfan se trate de declaraci\xf3n o condena. Siempre tiene una importancia pr\xe1ctica, normativa. Tampoco implica la sentencia firme, si condena, una orden fuera de la afirmaci\xf3n del derecho del actor, o sea una disposici\xf3n especial existente al lado de la decisi\xf3n. Condena no es otra cosa que declaraci\xf3n.Bajo ciertas circunstancias, naturalmente, la sentencia puede llevar en s\xed ciertos mandamientos tendientes a la ejecuci\xf3n, y pasar as\xed al terreno de ellos. Solo que estos aspectos no tienen de por s\xed nada que ver con la condena. Esta constituye necesariamente un llamado t\xedtulo de ejecuci\xf3n, cuando establece la necesidad de modificaci\xf3n (ilegalidad) de un estado de cosas.Adolf Wach'