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b'La Pragm\xe1tica-Sanci\xf3n de 1776, promulgada por Carlos III, restringi\xf3 los matrimonios interraciales en el Reino de Espa\xf1a y sus colonias. Estamos en presencia de un documento clave para comprender las pol\xedticas raciales de la \xe9poca. A continuaci\xf3n citamos un fragmento de la Pragm\xe1tica-Sanci\xf3n en voz de Carlos III:Que siendo propio de mi Real autoridad contener con saludables providencias los des\xf3rdenes, que se introducen con el transcurso del tiempo, estableciendo para refrenarlos las penas, que acomodadas a las circunstancias de los casos y calidades de las personas, pongan en su vigorosa observancia el fin que tuvieron las leyes; y habiendo llegado a ser tan frecuente el abuso de contraer matrimonios desiguales los hijos de familias, sin esperar el consejo y consentimiento paterno, o de aquellos deudos o personas que se hallen en lugar de padres, de que, con otros grav\xedsimos da\xf1os y ofensas a Dios, resultan la turbaci\xf3n del buen orden del Estado, y continuadas discordias, y perjuicios de las familias, contra la intenci\xf3n y piadoso esp\xedritu de la Iglesia, que aunque no anula, ni dirime semejantes matrimonios, siempre los ha detestado y prohibido, como opuestos al honor, respeto y obediencia que deben los hijos prestar a sus padres en materia de tanta gravedad e importancia.'