{"product_id":"obligaciones-derivadas-de-la-ley-de-prevencion-del-blanqueo-de-capitales-en-el-ambito-de-las-profesi-paola-maria-ubeda-martinez-valera","title":"Obligaciones derivadas de la Ley de prevención del blanqueo de capitales en el ámbito de las profesi | Paola María Úbeda Martínez-Valera","description":"b'Paola Mar\\xeda \\xdabeda Mart\\xednez-Valera'\u003cbr\u003e\n\u003cstrong\u003eb'Obligaciones derivadas de la Ley de prevenci\\xf3n del blanqueo de capitales en el \\xe1mbito de las profesi'\u003c\/strong\u003e\u003cbr\u003e\nb'Especial referencia al abogado'\u003cbr\u003e\nb'J.M. Bosch Editor'\u003cbr\u003e\n\u003cp style=\"color:red\"\u003e\u003cstrong\u003eLibro disponible en 5 dias hábiles.\u003cbr\u003e\u003c\/strong\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cstrong\u003ePáginas:\u003c\/strong\u003e 638\u003cbr\u003e\n\u003cstrong\u003ePrecio:\u003c\/strong\u003e 3195.0\u003cbr\u003e\n\u003cstrong\u003eEstado:\u003c\/strong\u003e b'Nuevo'\u003cbr\u003e\n\u003cstrong\u003ePeso:\u003c\/strong\u003e 1.066 kgs.\u003cbr\u003e\n\u003cstrong\u003eISBN:\u003c\/strong\u003e b'9788410044647'\n\u003cp\u003eb'\\xbfQu\\xe9 ocurrir\\xeda si el profesional a quien conf\\xedas tus secretos m\\xe1s \\xedntimos tiene obligaci\\xf3n de colaborar con las autoridades encargadas de perseguir delitos? Las normas m\\xe1s elementales de nuestro ordenamiento jur\\xeddico excluyen la obligaci\\xf3n del abogado de denunciar la comisi\\xf3n de un hecho delictivo del que tengan conocimiento en el ejercicio de sus funciones y, es m\\xe1s, todo aquello que conozcan en el marco del ejercicio de su profesi\\xf3n est\\xe1 protegido por el secreto profesional, por la m\\xe1s estricta confidencialidad que envuelve la relaci\\xf3n del ciudadano con su abogado. La creciente preocupaci\\xf3n existente a nivel internacional por la legalizaci\\xf3n de las ganancias procedentes de una actividad delictiva ha supuesto que nuestro Estado se adapte a la normativa europea en la que se pretende impedir el lavado de dinero procedente de un hecho delictivo. Dentro de esa finalidad se enmarc\\xf3 la aprobaci\\xf3n de la primera Ley de Prevenci\\xf3n del Blanqueo de Capitales que, tras sucesivas modificaciones posteriores y con el prop\\xf3sito de evitar que algunos profesionales, como es el abogado, con su asesoramiento, coadyuven a la legalizaci\\xf3n de aquellas il\\xedcitas ganancias, se le incluy\\xf3 como sujeto obligado de esa normativa. Nos encontramos ante una legislaci\\xf3n que se sit\\xfaa en el \\xe1mbito de la prevenci\\xf3n y no de la represi\\xf3n que, adem\\xe1s, permite poner a disposici\\xf3n de los poderes p\\xfablicos una radiograf\\xeda financiera del ciudadano. La Ley, para el cumplimiento de su finalidad, cuenta con una serie de \\xf3rganos que, por supuesto son capaces de sancionar en el caso desu incumplimiento, pero tambi\\xe9n, son capaces de elaborar Informes de Inteligencia Financiera, precursores del inicio de un procedimiento penal, por eventuales comisiones del delito de blanqueo de capitales. Por tanto, \\xbfqu\\xe9 ocurre si una normativa administrativa impone a concretos profesionales determinadas obligaciones de comunicaci\\xf3n de indicios delictivos que detecten en el ejercicio de su funci\\xf3n profesional? Y,\\xbfsi a todo lo anterior a\\xf1adimos que, las consecuencias del incumplimiento de esta normativa administrativa, adem\\xe1s de las correspondientes sanciones impuestas en esta v\\xeda,podr\\xeda incluso suponer que el sujeto obligado fuera investigado por un delito de blanqueo de capitales en su modalidad imprudente? Todo ello y otras muchas cuestiones relativas a la compatibilidad de esta Ley con nuestro ordenamiento jur\\xeddico son algunas de las dificultades que pretendemos evidenciar a trav\\xe9s de esta obra, que finaliza con el estudio de las consecuencias derivadas de su incumplimiento desde el punto de vista administrativo y penal.Paola \\xdabeda Martinez-Valera cuenta con m\\xe1s de 15 a\\xf1os de experiencia como abogada en el \\xe1mbito del derecho penal econ\\xf3mico. Obtuvo la licenciatura en derecho en el a\\xf1o 2003 por la Universidad de Navarra. Posteriormente, compagin\\xe1ndolo con el ejercicio de la abogac\\xeda, complet\\xf3 el M\\xe1ster en Derechos Fundamentales impartido por la UNED. Despu\\xe9s de su paso por otros despachos, hace 12 a\\xf1os comenz\\xf3 a prestar sus servicios profesionales en el prestigioso despacho Sanchez-Junco Abogados, del que en la actualidad es Counsel. Durante todo este tiempo se ha dedicado al asesoramiento y defensa en el campo del Derecho penal de los negocios y de la empresa, as\\xed como a la asistencia letrada en esta concreta rama del Derecho penal, habiendo participado en los m\\xe1s importantes procedimientos que se han seguido en distintos tribunales de nuestro pa\\xeds. Es Profesora de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal en el M\\xe1ster de Derecho Penal Econ\\xf3mico de la URJC (C\\xe1tedra de Grant Thornton) y en el Programa avanzado en Consejo de Administraci\\xf3n, impartido por la UNIR. Es Doctora en Derecho por la UNED con la calificaci\\xf3n de sobresaliente cum laude en la especialidad de Prevenci\\xf3n del Blanqueo de Capitales.'\u003c\/p\u003e","brand":"J.M. 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