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b'A d\xeda de hoy no existe una disposici\xf3n legal que referencie la naturaleza jur\xeddica de las estancias que configuran los dep\xf3sitos municipales de detenidos, encontr\xe1ndonos en un escenario con m\xfaltiples intervinientes f\xedsicos y jur\xeddicos que no pueden homogeneizar las garant\xedas jur\xeddicas consignadas en nuestra Carta Magna a las personas privadas temporalmente de libertad.Desde la promulgaci\xf3n de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de R\xe9gimen Local, hace ya m\xe1s de treinta a\xf1os, existe un vac\xedo legal que pretende paliarse con la aprobaci\xf3n por parte de determinados Ayuntamientos de Reglamentos internos, en los que se intentan regular entre otros aspectos: el ingreso y cacheo del custodiado, el r\xe9gimen de sus visitas, sus derechos y deberes, \xf3 como debe realizarse su vigilancia y traslado...Este libro es fruto de una reflexi\xf3n personal sobre la necesidad de elaborar y aprobar una Ley Org\xe1nica de custodia de detenidos, pues s\xf3lo as\xed se preserva la integridad y el ejercicio efectivo de sus Derechos Fundamentales mientras su actividad deambulatoria se encuentra vetada.Amalia Fustero Bernad. Juez adscrito al Tribunal Superior de Justicia de Arag\xf3n. M\xe1ster en: Derechos Fundamentales, Criminolog\xeda y Criminal\xedstica, Compliance Officer y en Criminalidad juvenil e intervenci\xf3n delictiva y penitenciaria. Especialista Universitario en Mediaci\xf3n familiar, civil y mercantil. Conferenciante y colaboradora de distintas revistas jur\xeddicas.'