Historia del derecho germánico | Heinrich E. Brunner Agotado
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b'Heinrich E. Brunner'
b'Historia del derecho germ\xe1nico'
b'Ediciones Olejnik'

Libro disponible en 5 dias hábiles.

Páginas: 302
Precio: 2150.0
Estado: b'Nuevo'
Peso: 0.466 kgs.
ISBN: b'9789564073590'

b'"El Derecho romano toma nombre de una ciudad que en el curso de...

  • Nombre: Historia del derecho germánico | Heinrich E. Brunner
  • Editorial: Ediciones Olejnik
  • Ttipo: Book
  • Publicado: 2025 / 07 / 18
  • Código: 9789564073590

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Historia del derecho germánico | Heinrich E. Brunner
b'Heinrich E. Brunner'
b'Historia del derecho germ\xe1nico'
b'Ediciones Olejnik'

Libro disponible en 5 dias hábiles.

Páginas: 302
Precio: 2150.0
Estado: b'Nuevo'
Peso: 0.466 kgs.
ISBN: b'9789564073590'

b'"El Derecho romano toma nombre de una ciudad que en el curso de los siglos se ha erigido como Estado universal de la Antig\xfcedad. Al Derecho alem\xe1n da nombre todo un pueblo que ha carecido siempre de una cohesi\xf3n r\xedgida, incluso en el tiempo que encontr\xf3 unidad jur\xeddica estatal en el marco del Sacro Romano Imperio. Ello implica, desde luego, un profundo contraste en la historia de ambos derechos. En Alemania mira a los supuestos previos de la formaci\xf3n del Derecho romano, concluida en forma art\xedstica y homog\xe9nea. El desarrollo del Derecho alem\xe1n carece de un punto de cristalizaci\xf3n como el encontrado por el Derecho romano en la urbs. Est\xe1 abandonado por completo a sus fuerzas. Un soberano alem\xe1n nunca ha tenido un influjo tan duradero en la producci\xf3n del derecho como el ejercido por el Papa, en cuanto cabeza de una jerarqu\xeda de firme estructura, mediante sus Decretales, en la formaci\xf3n del Derecho can\xf3nico.En vano buscaremos en la historia del Derecho alem\xe1n un per\xedodo en que la administraci\xf3n de la justicia se hubiese centralizado en manos de una monarqu\xeda absoluta y de un cuerpo de juristas dependientes de ella, tal como fue el caso en Inglaterra bajo los reyes normandos. Hasta la fundaci\xf3n del nuevo Imperio alem\xe1n falta la capacidad o la posibilidad de crear un Derecho unitario por v\xeda legislativa como el que recibi\xf3 Francia desde Luis XIV por las Ordenanzas reales y despu\xe9s con Napole\xf3n I por sus codificaciones. La precitada carencia de \xf3rganos capaces para una formaci\xf3n homog\xe9nea del Derecho, trae aparejada la consideraci\xf3n de que el Derecho alem\xe1n no estaba destinado a completar por s\xed mismo su desarrollo. Por un tiempo en el que a\xfan no hab\xeda sobrepasado su per\xedodo juvenil, a fines del siglo XV, tuvo lugar en Alemania la recepci\xf3n del Derecho extranjero, sobre todo Derecho romano, Derecho can\xf3nico y Derecho feudal lombardo. Este important\xedsimo acontecimiento justifica la divisi\xf3n primaria de la historia del Derecho alem\xe1n en dos grandes momentos: el per\xedodo de la formaci\xf3n del Derecho nacional y el per\xedodo del predominio del Derecho extranjero".\nHeinrich Brunner.'