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b'En el presente libro se re\xfanen una serie de trabajos que tienen un elemento com\xfan: la defensa de la estabilizaci\xf3n (subsidiaria) de normas esenciales como funci\xf3n esencial del Derecho Penal. Con este punto de partida se ofrece una explicaci\xf3n sistem\xe1tica y coherente del delito y de la pena que creo que abre nuevas perspectivas que considero interesantes. Entre ellas una comprensi\xf3n novedosa de dos subsistemas espec\xedficos de responsabilidad bastante peculiares como los relativos a las organizaciones cuyo titular es una persona jur\xeddica y los menores de edad. Es cometido de la dogm\xe1tica determinar cu\xe1ndo determinados subsistemas penales siguen teniendo que ver o no con la estabilizaci\xf3n normativa. A partir de una teor\xeda del sistema central del Derecho Penal, caracterizado por la imposici\xf3n de penas a personas f\xedsicas mayores de edad y culpables, se pueden establecer los elementos comunes y diferenciales con otros sistemas de responsabilidad penal. La responsabilidad penal de los menores y de las personas jur\xeddicas y otras entidades representan magn\xedficos ejemplos.El punto de partida adoptado como tema com\xfan de todos estos trabajos per-mite no s\xf3lo racionalizar la defensa a) de una menor severidad punitiva y b) de penas proporcionadas sin c) renunciar a alternativas que permitan atenuar penas concretas, sino tambi\xe9n abogar por a) una necesaria limitaci\xf3n del \xe1mbito de la participaci\xf3n criminal, b) una ampliaci\xf3n del \xe1mbito de la imputabilidad y c) una aplicaci\xf3n restrictiva de la responsabilidad de las personas jur\xeddicas y d) una minimizaci\xf3n del Derecho Penal de menores gracias a su fundamentaci\xf3n como algo cualitativamente distinto al Derecho penal de adultos. En todo caso, abre perspectivas novedosas de limitaci\xf3n del Derecho Penal que la idea de protecci\xf3n de bienes jur\xeddicos y las teor\xedas cl\xe1sicas de la prevenci\xf3n no tienen a su disposici\xf3n.Los aspectos de detalle de las cuestiones que se tratan en este libro dependen de cada ordenamiento jur\xeddico. Ning\xfan dogm\xe1tico puede escapar a su Derecho positivo (entendido en sentido m\xe1s amplio que los textos legales), pero una dogm\xe1tica bien entendida trasciende dicho Derecho positivo. Como jurista busco una aplicaci\xf3n lo m\xe1s racional posible de un sistema normativo concreto como el m\xedo, pero hay l\xf3gicas sociales que trascienden un determinado ordenamiento jur\xeddico o Estado.BERNARDO JOS\xc9 FEIJOO S\xc1NCHEZ'