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b'Las normas jur\xeddicas, aunque fueran moralmente inicuas, continuar\xedan (en la medida en que este punto est\xe1 en juego) siendo normas jur\xeddicas. La \xfanica diferencia que traer\xeda aparejada la aceptaci\xf3n de este punto de vista acerca de la naturaleza de los juicios morales, ser\xeda que la iniquidad moral de tales normas es algo que puede ser demostrado; de una proposici\xf3n acerca de lo que la regla exige que se haga se inferir\xeda que la regla es moralmente mala y que por lo tanto no debiera ser derecho, o a la inversa, que es moralmente buena y que debiera ser derecho. Pero la demostraci\xf3n de esto no probar\xeda que la regla no es, o es, derecho. La prueba de que los principios por cuyo medio aprobamos o desaprobamos las leyes son racionalmente descubribles y no constituyen meros fiats de la voluntad, deja intacto el hecho de que hay normas jur\xeddicas que pueden contener cualquier grado de iniquidad o de torpeza y, no obstante ello, ser normas jur\xeddicas. Y a la inversa, que hay reglas que gozan de todas las calificaciones morales para ser normas jur\xeddicas y que sin embargo, no lo son.En ning\xfan sistema jur\xeddico el alcance de las reglas est\xe1 restringido al conjunto de los elementos concretos que estaban presentes, o se cree que estaban presentes, en la mente de los legisladores; esta es en verdad una de las diferencias importantes que existen entre una regla jur\xeddica y una orden. Sin embargo, cuando con conciencia de ello las reglas se aplican a ejemplos que van m\xe1s all\xe1 de lo que los legisladores consideraron o pudieron haber considerado, su extensi\xf3n a casos nuevos se presenta a menudo no como una elecci\xf3n deliberada o un fiat de aquellos que as\xed interpretan la regla. No aparece como una decisi\xf3n de dar a la regla un significado nuevo o extendido, ni como una conjetura de lo que los legisladores, quiz\xe1 muertos en el siglo XVII, hubieran dicho, de estar vivos, en el siglo XX. M\xe1s bien, la inclusi\xf3n del nuevo caso bajo la regla toma su Jugar como una elaboraci\xf3n natural de esta, con algo que complementa un prop\xf3sito que parece natural atribuir (en alg\xfan sentido) a la regla misma m\xe1s bien que a cualquier persona viva o muerta.Herbert L. A. Hart'