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b'La Constituci\xf3n de C\xe1diz, aprobada el 19 de marzo de 1812, festividad de San Jos\xe9, es conocida por eso como la Pepa.\nSe trata de la primera Constituci\xf3n liberal espa\xf1ola. Ello es debido a su defensa de los derechos individuales, su voluntad de modificar o suprimir ciertas instituciones del Antiguo R\xe9gimen y su ideal de mejorar la sociedad. Los primeros art\xedculos del texto proclaman una naci\xf3n espa\xf1ola transoce\xe1nica, \xablibre e independiente\xbb que no es patrimonio de \xabninguna familia ni persona\xbb y limita los derechos de la monarqu\xeda.\nLos diputados liberalesAgust\xedn Arg\xfcelles,Diego Mu\xf1oz Torrero y P\xe9rez de Castro\nfueron las figuras m\xe1s destacadas en su elaboraci\xf3n. En 1814, al regresar a Espa\xf1a el rey Fernando VII, firm\xf3 un decreto en el que dec\xeda que no la juraba ni aceptaba, ni ning\xfan decreto de las Cortes. Declarando, as\xed, nulos esta Constituci\xf3n y sus decretos.\nLa actitud del monarca provoc\xf3 rebeliones en Latinoam\xe9rica y la independencia de todas las colonias espa\xf1olas de all\xed, con excepci\xf3n de Cuba y Puerto Rico.\nPosteriormente, la Pepa se volvi\xf3 a aplicar el 8 de marzo de 1820. Ese d\xeda Fernando VII fue obligado a jurarla ante la rebeli\xf3n de Rafael de Riego, hasta el fin del Trienio Liberal, en 1823. Volvi\xf3 a estar en vigencia entre 1836 y 1837, mientras se redactaba la Constituci\xf3n espa\xf1ola de 1837.\nLas principales caracter\xedsticas de la Constituci\xf3n de C\xe1diz fueron las siguientes:Estableci\xf3 la soberan\xeda de la Naci\xf3n, no la del rey.\nInstaur\xf3 la monarqu\xeda constitucional como forma de gobierno, estableciendo la divisi\xf3n de poderes y limitando as\xed la autoridad del monarca.\nProclam\xf3 el sufragio universal masculino indirecto.\nEstableci\xf3 la libertad de imprenta, de industria, de comercio y el derecho a la propiedad privada.\nAboli\xf3 los se\xf1or\xedos feudales.\nConcedi\xf3 la ciudadan\xeda espa\xf1ola a todos los nacidos en las colonias americanas, fueran criollos, mestizos o ind\xedgenas.\nConsagr\xf3 a Espa\xf1a como un Estado confesional cat\xf3lico, ya que prohib\xeda expresamente cualquier otra religi\xf3n.\nNo reconoci\xf3 ning\xfan derecho a las mujeres.'