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b'All\xe1 por el a\xf1o de 1782, en una ciudad de las sierras del Virreinato del Per\xfa, un espa\xf1ol pobre inicia un juicio contra un comerciante del lugar para obligarlo a venderle su esclava mulata. El argumento en el que funda su petici\xf3n es notable: "se da el caso, Su Se\xf1or\xeda le dice al Juez que \xe9sta su esclava es mi mujer.Queda as\xed planteada una contienda judicial que enfrentar\xe1 irremisiblemente dos instituciones fundamentales de la sociedad colonial: familia y propiedad.Trazegnies descompone este proceso con el objeto de reconstruir la situaci\xf3n en toda su intimidad: identifica a los personajes de la historia, desmonta los mecanismos argumentativos, analiza los discursos del esposo y del amo de la esclava, se introduce en la medicina de la \xe9poca para comprender el peritaje realizado por un cirujano, trata de penetrar en los criterios de los tasadores, en la mente del juez y del escribano; en una palabra, pretende reencontrar el gesto, la expresi\xf3n del rostro, el tono de voz de los actores, que se ocultan entre las l\xedneas del expediente.Sin embargo, el prop\xf3sito de Trazegnies no es hist\xf3rico ni sociol\xf3gico. El caso de Dionisia y Ciriaco es s\xf3lo la vi\xf1eta que ilustra una diferente descripci\xf3n te\xf3rica del Derecho, propuesta por el autor. Lejos de una visi\xf3n mec\xe1nica del Derecho seg\xfan la cual este no ser\xeda sino la aplicaci\xf3n minuciosa y en cascada del Poder social dominante, Trazegnies presenta el orden jur\xeddico como un campo de batalla en el que se enfrentan los diferentes valores e intereses; as\xed, el Derecho no es el brazo extendido de un Poder previamente definido sino un espacio social burbujeante en el que se miden y definen los poderes. Cada norma, cada acto jur\xeddico, resulta ser entonces una cristalizaci\xf3n de una determinada conformaci\xf3n de poderes, resultado de una victoria o de un armisticio. Pero a su vez estas cristalizaciones son reintroducidas al permanente enfrentamiento social de poderes por actores que las utilizan como meras armas argumentativas, que las interpretan desde sus propios puntos de vista y que las combinan caleidosc\xf3picamente seg\xfan sus intereses. En esta forma, el Derecho, debajo de una apariencia monol\xedtica como una cosificada colecci\xf3n de mandatos, es un proceso de estructuraci\xf3n, desestructuraci\xf3n y reestructuraci\xf3n de poderes que se cuestionan incesantemente.'